Modificación del código penal en relación con las imprudencias de tráfico

Modificación del código penal en relación con las imprudencias de tráfico

El 2/03/19 se publicaba en el BOE la Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente.

Se trata de la reforma, ya anunciada, de las conductas penalmente típicas relativas a las conductas imprudentes en accidentes de tráfico.  Dicha norma responde a una importante demanda social, ante el incremento de accidentes en los que resultan afectados peatones y ciclistas por imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor, y se asienta sobre tres ejes:

1.° La introducción de tres supuestos que se van a considerar imprudencia grave por disposición de la ley, así como una interpretación auténtica de la imprudencia menos grave.

2.° El aumento de la punición de este tipo de conductas.

3.° La introducción del delito de abandono del lugar del accidente.

Dicha Ley entró en vigor el día 3 de marzo de 2019, al siguiente día de su publicación en el BOE.